RESOLUCIÓN -P.G.- 53-2021

Dispone  la autorización al pago de gastos de viáticos y movilidad de funcionarios y empleados del Ministerio Público de la Defensa, por el Procurador General y/o por el Defensor General.[1]

 

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Dictado el 26-04-21.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

VISTO:

 

          La Ley Nº 2574, Resoluciones P.G. Nº8/11 y Nº15 bis/11 y,

         

CONSIDERANDO:

 

            Que el art. 86 de la norma citada le reconoce al Ministerio Público la condición de autonomía funcional y administrativa, siendo la jefatura ejercida por el Procurador General.

 

          Que dicha autonomía lo habilita para crear normas dirigidas a regular su propia organización funcional y para dictar resoluciones de carácter administrativo y financiero.

 

          Que el art. 99 de la Ley Orgánica puso en funciones al Defensor General quien tiene a su cargo la coordinación de los Defensores Civiles y Penales de la provincia. Que a fin de realizar las tareas propias de su función y gestionar expedientes y legajos, los Defensores y en algunos casos a sus empleados, deben trasladarse de su lugar de trabajo para asistir a las audiencias o tramitar escritos, lo que motiva el pago de viáticos y movilidad.

 

          Que la autorización al pago de viáticos y movilidad debe ser efectuada por la máxima autoridad del cuerpo de Defensores, responsable de su buen funcionamiento.

 

          Por ello, siendo necesario efectuar modificaciones a la actual estructura de funcionamiento de la Procuración General ajustánsose a la normativa vigente,

 

         

el Procurador General de la provincia de La Pampa,

RESUELVE:

1º) Derogar la Resolución Nº 12/13.

2º) Disponer que la autorización al pago de gastos de viáticos y movilidad de funcionarios y empleados del Ministerio Público de la Defensa, sea efectuado por el Sr. Procurador General y/o por el Defensor General, cuando sea necesario por motivos de simplicidad y celeridad administrativa.

3º) Notificar lo resuelto en el pto 2º) al Defensor General y a la Oficina Contable.

4º) Regístrese, comuníqeuse al Tribunal de Cuentas y cumplido, archívese.

 

 

Firmado: Mario Oscar BONGIANINO, Procurador General - Ana Andrea AUDISIO, Secretaria General Acceso a Justicia y Derechos Humanos Procuración General.

 

 

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.